Facturación Electrónica
¿Quiénes están exentos y quiénes no?
En el ámbito fiscal, la factura electrónica se ha convertido en una herramienta fundamental para la gestión y control de operaciones comerciales. Sin embargo, es crucial comprender quiénes están exentos de esta obligación y quiénes no. En este blog, te explicaremos detalladamente quiénes deben emitir factura electrónica, así como las últimas extensiones legales que han ampliado esta obligación. ¡Resuelve todas tus dudas y mantente al día con la normativa vigente!
Desde la implementación de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica, el panorama de la facturación en España ha experimentado cambios significativos. Esta legislación establece la obligación de utilizar la factura electrónica en las transacciones dirigidas a las Administraciones Públicas, a partir del 15 de enero de 2015. Sin embargo, ¿quiénes quedan exentos de esta obligación y quiénes deben acatarla?
La única exención se refiere a las facturas cuyo importe no supere los 5.000€, así como a aquellas emitidas por proveedores para servicios en el extranjero de las Administraciones Públicas. No obstante, esta exención solo se aplica hasta que se cumplan ciertas condiciones específicas:
⦁ Que las facturas puedan cumplir con los requisitos para su presentación a través del Punto general de entrada de facturas electrónicas.
⦁ Que los servicios en el extranjero dispongan de los medios y sistemas adecuados para su recepción.
Ahora bien, la obligación de emitir facturas electrónicas ha sido ampliada con la promulgación de la Ley 18/2022, también conocida como la Ley Crea y Crece. Esta normativa, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 28 de septiembre de 2022, establece que «todos los empresarios y profesionales deberán expedir, remitir y recibir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otras empresas y profesionales».
Además, tanto el emisor como el destinatario de estas facturas electrónicas deben proporcionar información detallada sobre los estados de las mismas, según lo estipulado en dicha ley. Con esta ampliación, la única exención que permanece es la emisión de facturas electrónicas a particulares.
Según la disposición final octava de esta ley, la entrada en vigor de la obligación de facturación electrónica entre empresarios y profesionales tendrá diferentes plazos de aplicación:
⦁ Para aquellos cuya facturación anual supere los 8 millones de euros, la normativa entrará en vigor un año después de la aprobación del desarrollo reglamentario.
⦁ Para el resto de empresarios y profesionales, la obligación comenzará a regir dos años después de la aprobación del mencionado desarrollo reglamentario.
Es importante destacar que el reglamento específico de la factura electrónica salió a consulta pública el 7 de marzo de 2023, y el Proyecto de Reglamento del Real Decreto fue publicado el 20 de junio de 2023. Una vez que este reglamento sea aprobado, se iniciará el conteo del plazo para la extensión de la obligatoriedad de la facturación electrónica en las transacciones entre empresas y autónomos.
¿Quiénes están exentos de emitir factura electrónica?
La emisión de factura electrónica es obligatoria para la mayoría de los contribuyentes, pero existen ciertos casos en los que se aplican excepciones. Según la normativa vigente, las siguientes personas físicas o jurídicas están exentas de emitir factura electrónica:
⦁ Pequeños contribuyentes: Aquellos que se encuentren bajo regímenes especiales para pequeños contribuyentes podrían estar exentos de emitir factura electrónica, dependiendo de la legislación fiscal de cada país.
⦁ Operaciones específicas: Algunas transacciones, como las realizadas por agricultores, ganaderos u otros sectores específicos, pueden estar exentas de la obligación de emitir factura electrónica. Es importante revisar la normativa específica de cada jurisdicción para determinar si se aplican exenciones en estos casos.
⦁ Ventas al consumidor final: En ciertos países, las operaciones realizadas con consumidores finales pueden estar exentas de la emisión de factura electrónica, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos y límites establecidos por la ley.
Extensión de la obligación de emitir facturas electrónicas
En los últimos años, se han implementado diversas extensiones legales que amplían la obligación de emitir facturas electrónicas. Estas extensiones suelen tener como objetivo principal mejorar la eficiencia en la gestión fiscal y combatir la evasión de impuestos. Algunas de las extensiones más relevantes incluyen:
⦁ Ampliación de sectores obligados: En muchos países, se ha extendido la obligación de emitir factura electrónica a nuevos sectores económicos que anteriormente estaban exentos. Esto puede incluir industrias como la construcción, el transporte o los servicios profesionales.
⦁ Reducción de umbrales: En algunos casos, se ha reducido el umbral de facturación a partir del cual los contribuyentes están obligados a emitir factura electrónica. Esta medida busca incluir a un mayor número de contribuyentes en el sistema de facturación electrónica, aumentando así la trazabilidad y el control fiscal.
⦁ Implementación de plazos progresivos: Para facilitar la transición hacia la facturación electrónica, se han establecido plazos progresivos para la adopción de esta modalidad. Esto permite a los contribuyentes disponer de un período de tiempo razonable para adaptarse a los nuevos requerimientos, evitando sanciones por incumplimiento.
La facturación electrónica ha evolucionado considerablemente, y es esencial para empresarios, profesionales y proveedores comprender sus obligaciones y exenciones, así como estar al tanto de los plazos para su implementación.
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